Restitución de cuotas

¿Qué opciones de restitución de cuotas existen?

Existen las siguientes opciones de restitución de cuotas: La restitución de cuotas a asegurados que

  • no están obligados a cotizar y no tienen el derecho a cotizar voluntariamente;
  • han alcanzado el límite de edad reglamentario (actualmente 65 años)  y no han cumplido el periodo de carencia general de 5 años.

La restitución de cuotas a viudos/as o huérfanos, si

  • a falta de cumplimiento del periodo de carencia general de 5 años no existe el derecho a percibir una pensión por fallecimiento.

Presentación de la solicitud

La restitución de cuotas requerirá una solicitud. La solicitud se aplicará siempre a la totalidad de las cuotas y no se podrá solicitar la restitución de las cuotas de un determinado periodo de cotización ni de parte de las mismas.

¿Qué cuotas se restituyen?

Únicamente se restituirán cuotas pagadas

  • en el territorio de la República Federal de Alemania después del 20/6/1948
  • en Berlín (occidental) por periodos posteriores al 24/6/1948
  • en el Sarre por periodos posteriores al 19/11/1947
  • en los territorios de adhesión (antigua RDA) por periodos posteriores al 30/6/1990

Las cotizaciones obligatorias y voluntarias se restituirán al 50 %, las cuotas de mejora voluntaria al 100 %. Las cotizaciones pagadas al seguro de pensiones de los mineros no pueden ser restituidas.

No se restituyen, entre otras, las cotizaciones

  • de las cuales se concedió alguna prestación ordinaria, por ejemplo rehabilitación,
  • asumidas por la administración pública durante los periodos de servicio militar o sustitutorio obligatorio,
  • asumidas por la entidad federal de empleo durante periodos de desempleo.

Restitución de cuotas en caso de traslado al extranjero

Los ciudadanos alemanes generalmente no podrán optar por la restitución de las cuotas, ya que a ellos, incluso si residen en el extranjero, les asiste el derecho a cotizar voluntariamente.

En el caso de los ciudadanos de Estados Miembros de la UE o del EEE, de Suiza o algún Estado firmante de convenio dependerá en cada caso de las disposiciones concretas del Derecho comunitario o del convenio.

Los ciudadanos de otros Estados con residencia legal en un Estado Miembro de la UE no podrán optar por la restitución de cuotas, dado que al residir en un Estado Miembro de la UE les asiste el derecho a cotizar voluntariamente en Alemania. Si residen habitualmente en otros países extranjeros, estos asegurados, generalmente, podrán optar por la restitución de sus cuotas, una vez transcurrido el periodo de carencia de 24 meses desde que hayan abandonado Alemania.


Efectos legales

Una vez restituidas las cuotas perderá todos sus derechos, como, por ejemplo, a percibir una pensión. Por lo que Usted debería pensarse muy bien la decisión de solicitar la restitución de las cuotas.


Deutsche Rentenversicherung Westfalen

05-oct-2010